Que ocurre cuando una empresa cierra y te despide
El despido por cierre de empresa es una de las situaciones mas complicadas para los trabajadores. Cuando una empresa cesa su actividad, los contratos laborales no se extinguen automaticamente: el empresario debe seguir un procedimiento legal que garantice los derechos de los empleados. En la practica, el cierre puede producirse por causas economicas, tecnicas, organizativas o de produccion, o como consecuencia de un concurso de acreedores.
La normativa laboral espanola protege al trabajador frente a esta situacion, estableciendo indemnizaciones minimas, plazos de preaviso y la obligacion de tramitar un despido colectivo (ERE) cuando el numero de trabajadores afectados supera determinados umbrales.
Tipos de despido por cierre de empresa
Despido colectivo (ERE)
Cuando el cierre afecta a la totalidad de la plantilla o supera los umbrales del articulo 51 del Estatuto de los Trabajadores, el empresario esta obligado a tramitar un despido colectivo. Los umbrales son: 10 trabajadores en empresas de menos de 100 empleados, el 10% en empresas de entre 100 y 300, o 30 trabajadores en empresas de mas de 300. Si el cierre afecta a toda la plantilla, basta con que haya al menos 5 trabajadores.
El procedimiento exige un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores de al menos 30 dias (15 en empresas de menos de 50 trabajadores), comunicacion a la autoridad laboral, y la elaboracion de un plan de recolocacion externa si la empresa tiene mas de 50 empleados.
Despido objetivo individual
Si la empresa tiene menos de 5 trabajadores o el cierre solo afecta a parte de la plantilla sin superar los umbrales del ERE, puede utilizar el despido objetivo por causas economicas, tecnicas, organizativas o de produccion regulado en el articulo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores. Este despido requiere carta de despido con expresion de la causa, puesta a disposicion simultanea de la indemnizacion de 20 dias por ano trabajado, y un preaviso de 15 dias.
Indemnizacion por despido por cierre de empresa
La indemnizacion minima legal depende del tipo de despido:
En el despido colectivo (ERE), la indemnizacion minima es de 20 dias de salario por ano trabajado, con un maximo de 12 mensualidades. No obstante, durante el periodo de consultas se puede pactar una indemnizacion superior.
En el despido objetivo, la indemnizacion es igualmente de 20 dias por ano con un maximo de 12 mensualidades. Si el trabajador impugna el despido y se declara improcedente, la indemnizacion asciende a 33 dias por ano trabajado (o 45 dias para el periodo anterior al 12 de febrero de 2012), con un maximo de 24 mensualidades.
Derechos adicionales del trabajador
Ademas de la indemnizacion, el trabajador tiene derecho a la prestacion por desempleo siempre que haya cotizado al menos 360 dias en los 6 anos anteriores. Tambien tiene derecho a recibir el finiquito, que incluye los dias trabajados y no cobrados del mes en curso, la parte proporcional de las pagas extraordinarias y las vacaciones no disfrutadas.
Si el empresario no paga la indemnizacion por insolvencia, el trabajador puede acudir al Fondo de Garantia Salarial (FOGASA), que cubre indemnizaciones con el limite de 20 dias por ano y un maximo de una anualidad, y salarios pendientes con un maximo de 120 dias.
Que hacer si tu empresa cierra sin pagar
Si la empresa cierra sin tramitar correctamente los despidos o sin abonar las indemnizaciones, el trabajador debe actuar con rapidez. El plazo para impugnar un despido es de 20 dias habiles desde la fecha de efectos. Es fundamental presentar papeleta de conciliacion ante el SMAC (Servicio de Mediacion, Arbitraje y Conciliacion) y, si no hay acuerdo, demanda ante el Juzgado de lo Social.
Preguntas frecuentes
Me pueden despedir sin indemnizacion si la empresa cierra?
No. El cierre de empresa no exime al empresario de pagar la indemnizacion legal. Si no puede pagarla por insolvencia, puedes reclamar al FOGASA.
Cuanto tarda el FOGASA en pagar?
El FOGASA suele resolver las solicitudes en un plazo de 3 a 6 meses, aunque en periodos de alta demanda puede demorarse mas.
Puedo cobrar el paro si me despiden por cierre?
Si, siempre que hayas cotizado al menos 360 dias en los 6 anos anteriores. El despido por cierre de empresa es una causa legal de desempleo.
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