Calculadora Impuesto de Sucesiones Galicia 2026

Calcula el impuesto de sucesiones en Galicia

Galicia ha desarrollado un régimen propio del impuesto de sucesiones que combina una tarifa autonómica más baja que la estatal, reducciones personales mejoradas y una exención prácticamente total para menores de 21 años hasta un millón de euros. El resultado es un sistema moderadamente favorable para las herencias familiares directas, aunque no tan generoso como los de Madrid o Andalucía para herederos adultos.

La principal ventaja del sistema gallego es su tarifa reducida para los Grupos I y II: los tipos van del 5 % al 18 % (frente al 7,65 %-34 % de la tarifa estatal), lo que supone una diferencia muy significativa en herencias medianas y altas. Usa esta calculadora para ver cuánto pagarías por una herencia sujeta a la normativa gallega.

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La normativa gallega del impuesto de sucesiones

La regulación vigente se encuentra en el Decreto Legislativo 1/2011, de 28 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado, modificado por sucesivas leyes de presupuestos y medidas fiscales. Galicia es una de las pocas comunidades que ha aprobado tanto una tarifa propia como reducciones y bonificaciones diferenciadas.

Reducciones propias de Galicia

Galicia ha establecido reducciones personales propias significativamente superiores a las estatales:

  • Grupo I (descendientes menores de 21 años): reducción de 1.000.000 € más 100.000 € por cada año que falte hasta cumplir 21. En la práctica, los menores de 21 años están exentos para herencias de hasta un millón de euros, y las superiores tributan solo por el exceso.
  • Grupo II — Descendientes de 21 años o más: reducción de 400.000 €. Es una mejora muy notable respecto a la estatal (15.956,87 €), aunque inferior al millón de Madrid o Andalucía.
  • Grupo II — Cónyuge: reducción de 400.000 €.
  • Grupo II — Ascendientes (padres, abuelos): reducción de 400.000 €.
  • Grupo III (hermanos, tíos, sobrinos): reducción de 8.000 € (similar a la estatal).
  • Grupo IV: sin reducción.

Las reducciones gallegas tienen un efecto práctico importante: una herencia de 400.000 € de padre a hijo adulto genera una base liquidable de cero. Para herencias por debajo de ese umbral, no hay impuesto que pagar.

La tarifa autonómica gallega: tipos reducidos

Galicia es una de las pocas comunidades que ha aprobado una tarifa propia diferenciada por grupos de parentesco. Para los Grupos I y II, los tipos son notablemente inferiores a los estatales:

Tarifa para Grupos I y II (hijos, cónyuge, ascendientes, descendientes):

  • Hasta 50.000 €: 5 %
  • De 50.000 a 75.000 €: 7 %
  • De 75.000 a 100.000 €: 8 %
  • De 100.000 a 200.000 €: 9 %
  • De 200.000 a 400.000 €: 12 %
  • De 400.000 a 600.000 €: 15 %
  • Más de 600.000 €: 18 %

El tipo máximo del 18 % es casi la mitad del estatal (34 %) y significativamente inferior al catalán (32 %). Esto hace que Galicia sea especialmente competitiva para herencias de importe elevado que superen la reducción de 400.000 €.

Para los Grupos III y IV, Galicia aplica la tarifa estatal (del 7,65 % al 34 %), sin rebaja. La distinción entre grupos es clara: los herederos directos reciben un trato fiscal favorable, mientras que los colaterales y extraños tributan al tipo general.

Reducciones especiales de Galicia

  • Vivienda habitual: reducción del 99 % del valor de la vivienda habitual del fallecido, con un límite de 600.000 € (muy superior al estatal de 122.606,47 €). Es una de las reducciones por vivienda más generosas de España. El periodo de mantenimiento es de cinco años. Se aplica al cónyuge, descendientes y ascendientes que conviviesen con el fallecido durante los dos años anteriores.
  • Empresa familiar y negocio profesional: reducción del 99 % para la transmisión de empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades (con requisitos de exención en Patrimonio), con periodo de mantenimiento de cinco años. Galicia es especialmente favorable en este aspecto, dado el peso del tejido empresarial familiar en su economía. Para más información, consulta nuestra guía sobre herencia con empresa familiar.
  • Explotaciones agrarias: reducción del 99 % para la transmisión de fincas rústicas de dedicación forestal con plan de ordenación, y del 99 % para explotaciones agrarias en favor del cónyuge o descendientes. Galicia tiene un régimen particularmente desarrollado en este ámbito.
  • Discapacidad: reducción de 150.000 € para discapacidad ≥33 % y 300.000 € para ≥65 %. Superiores a las estatales (47.858,59 € y 150.253,03 €).

Ejemplo práctico: herencia de 600.000 € en Galicia

Una madre fallece en Vigo y deja a su hijo de 40 años (Grupo II) una herencia valorada en 600.000 €, que incluye la vivienda habitual del fallecido valorada en 250.000 € (el hijo convivía con ella).

  1. Base imponible: 600.000 €
  2. Reducción por parentesco (Grupo II): -400.000 €
  3. Reducción vivienda habitual (99 % de 250.000 €): -247.500 €
  4. Base liquidable: 0 € (el resultado negativo se toma como cero)
  5. Cuota: 0 €

Si no hubiese vivienda habitual, la base liquidable sería de 200.000 € y la cuota (con la tarifa gallega reducida) rondaría los 13.750 €. Es una cuota significativamente inferior a la que resultaría con la tarifa estatal (que generaría unos 31.000 €).

Para un menor de 21 años que herede esos mismos 600.000 €, la reducción personal de un millón eliminaría la totalidad de la base liquidable. Resultado: 0 €.

Comparativa: Galicia frente a otras comunidades

Para una herencia tipo de 500.000 € de padre a hijo adulto sin vivienda habitual:

  • Madrid: ~800 € (bonificación 99 %)
  • Andalucía: 0 € (reducción de 1.000.000 €)
  • Galicia: ~6.500 € (reducción 400.000 € + tarifa reducida)
  • Cataluña: ~20.800 € (bonificación escalonada ~50 %)

Galicia se sitúa en una posición intermedia: mejor que Cataluña y que la normativa estatal, pero por detrás de Madrid y Andalucía para herederos adultos del Grupo II.

Otras comunidades

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Soy José Manuel Domínguez, abogado especialista en herencias. Atiendo desde Allende Abogados, en Madrid, y puedo analizar tu caso concreto independientemente de la comunidad donde tribute la herencia. Si tienes dudas sobre el testamento, haz nuestro test de impugnación de testamento o consulta nuestra guía sobre cómo impugnar un testamento en España. También puede interesarte nuestro artículo sobre herencias internacionales.