Impugnación de acuerdos sociales

Abogados especialistas en impugnación de acuerdos sociales en Madrid

La impugnación de acuerdos sociales es el mecanismo legal que permite a socios, administradores y terceros legitimados recurrir las decisiones adoptadas por la junta general o el órgano de administración de una sociedad mercantil cuando vulneran la ley, los estatutos o el interés social.

En JM Domínguez ofrecemos asesoramiento integral en la impugnación de acuerdos sociales, tanto en la vertiente ofensiva (ejercicio de la acción impugnatoria) como defensiva (oposición a demandas de impugnación promovidas por otros socios).

¿Cuándo se puede impugnar un acuerdo social?

Conforme al artículo 204 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), son impugnables los acuerdos que:

  • Sean contrarios a la ley, incluidas las normas imperativas y prohibitivas aplicables a la sociedad.
  • Se opongan a los estatutos sociales, incluyendo los pactos parasociales elevados a público e inscritos.
  • Lesionen el interés social en beneficio de uno o varios socios o de terceros, lo que incluye los acuerdos abusivos adoptados por la mayoría en perjuicio de la minoría.
  • Se hayan adoptado con infracción de requisitos formales de convocatoria, constitución o adopción del acuerdo, siempre que sean relevantes.

Plazos para impugnar

La reforma operada por la Ley 31/2014 simplificó el régimen de plazos. El plazo general es de un año desde la adopción del acuerdo o, si el acuerdo fuera inscribible, desde su publicación en el BORME. Los acuerdos contrarios al orden público no están sujetos a plazo de caducidad.

Es fundamental actuar con rapidez: la caducidad de la acción es un motivo frecuente de desestimación de demandas de impugnación bien fundadas.

Legitimación activa: ¿quién puede impugnar?

Están legitimados para impugnar los administradores, los socios que hubieran adquirido su condición antes de la adopción del acuerdo, y los terceros que acrediten un interés legítimo. El socio que votó a favor del acuerdo solo puede impugnar si este es contrario a la ley o al orden público.

Nuestros servicios en impugnación de acuerdos

  • Análisis previo de viabilidad de la impugnación y evaluación de riesgos procesales y económicos.
  • Redacción y presentación de demanda de impugnación ante el Juzgado de lo Mercantil competente.
  • Solicitud de medidas cautelares: suspensión del acuerdo impugnado, anotación preventiva de la demanda en el Registro Mercantil.
  • Defensa frente a demandas de impugnación promovidas por socios minoritarios o terceros.
  • Negociación de acuerdos transaccionales que resuelvan el conflicto societario sin necesidad de sentencia.
  • Ejecución de sentencias estimatorias y cancelación de inscripciones registrales derivadas del acuerdo anulado.

Enfoque empresarial

Cada impugnación tiene un trasfondo empresarial que va más allá de la cuestión jurídica. No nos limitamos al análisis técnico: evaluamos el impacto de la impugnación en la operativa de la sociedad, en las relaciones entre socios y en la viabilidad del negocio. Nuestro objetivo es resolver el conflicto societario de forma eficaz, no prolongarlo.

Dudas sobre impugnación de acuerdos sociales

El plazo general es de un año desde la adopción del acuerdo o desde su inscripción en el BORME si fuera inscribible. Los acuerdos contrarios al orden público no tienen plazo de caducidad.

Solo si el acuerdo es contrario a la ley o al orden público. Si votó a favor de un acuerdo meramente contrario a los estatutos o lesivo del interés social, no estará legitimado para impugnarlo.

Sí, es posible solicitar medidas cautelares al juzgado, incluyendo la suspensión del acuerdo impugnado y la anotación preventiva de la demanda en el Registro Mercantil.

El coste depende de la complejidad del asunto y de la cuantía del procedimiento. En la primera consulta evaluamos la viabilidad de la acción y le informamos de los costes estimados.

La sentencia firme que declare la nulidad de un acuerdo tiene efectos frente a todos los socios (erga omnes), debiendo cancelarse la inscripción del acuerdo en el Registro Mercantil si este fue inscrito.

¿Tienes un caso de impugnación de acuerdos sociales?

Cuéntame tu situación. Primera consulta sin compromiso.

Contactar ahora